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Tributación en Argentina y Uruguay. Inversiones Fuera de Frontera – Punta del Este

Evento organizado por CFA Society Uruguay junto a KPMG, World Trade Center Montevideo Free Zone y World Trade Center Punta del Este.

 

Expertos abordaron las condiciones de tributación en Argentina y Uruguay

 

Unos doscientos empresarios, ejecutivos e inversores ávidos de conocer las condiciones para adoptar la residencia fiscal en Uruguay llenaron el domingo 12 el auditorio de The Grand Hotel para asistir al evento “Tributación en Argentina y Uruguay. Inversiones fuera de frontera”, una actividad organizada por CFA Society Uruguay junto a KPMG, World Trade Center Montevideo Free Zone y World Trade Center Punta del Este.

 

“Dentro de nuestros cometidos se encuentra el realizar eventos de actualidad y calidad para nuestros miembros y participantes del mercado financiero. Y los temas tributarios pasaron a ser muy relevantes y a tener un lugar central a la hora de tomar decisiones de inversión.  Son de interés en todo el mundo y, en particular, cobraron una relevancia especial en esta región”, explicó al abrir el evento Bárbara Mainzer, la presidente de CFA Society Uruguay, que forma parte de CFA Institute, la principal asociación de profesionales de inversión del mundo.

 

En la actividad disertaron el director, Tax & Legal de KPMG Uruguay, Dr. Jorge Bentancur; el Socio Tax & Legal de KPMG Uruguay, Cr. Gustavo Melgendler; el gerente Senior, Tax & Legal de KPMG Argentina, Cr. Pablo Coccorullo y el Socio Tax & Legal de KPMG Argentina, Cr. Rodolfo Canese Méndez, quienes compararon el régimen tributario uruguayo con el que rige del otro lado del río, analizaron los impactos de las primeras medidas del nuevo gobierno argentino y respondieron a las preguntas de los asistentes acerca de los requisitos para tramitar la residencia fiscal en Uruguay.

 

Los expositores argentinos destacaron que las primeras reformas anunciadas por el presidente de Argentina, Alberto Fernández, “traen alguna cosa buena”, como la eliminación del Impuesto a las Ganancias de los títulos públicos, fondos comunes de inversión y obligaciones negociadas en ese país, así como a las inversiones en pesos. Empero, señalaron que las medidas tienen efectos negativos tales como un “incremento significativo” del impuesto sobre los Bienes Personales, el aumento de la alícuota del Impuesto a las Ganancias a plazos fijos en moneda extranjera, el cambio del concepto de residencia para Bienes Personales, la incorporación del Impuesto País del 30% a las erogaciones en moneda extranjera y algunas incertidumbres en materia de gravámenes a los fideicomisos y los trust. “Hay temas que aún dependen de cómo sean reglamentados”, advirtió Canese.

 

Por su parte, los profesionales uruguayos expusieron las condiciones que ofrece Uruguay para quienes deseen obtener su residencia fiscal en el país. En ese sentido, y frente a reiteradas preguntas de los asistentes, Bentancur y Melgendler explicaron los requisitos que la legislación uruguaya prevé para estos casos como son: tener el núcleo base de actividad, el centro de intereses económicos o el centro de intereses vitales (cónyugue o hijos menores de edad en Uruguay), generar en Uruguay rentas superiores a las de cualquier otro país y que no sean exclusivamente de capital, o realizar inversiones en inmuebles por más de 15 millones de unidades indexadas (unos 1,7 millones de dólares en la actualidad).

 

Varios asistentes se mostraron interesados en conocer más acerca de los anuncios realizados por el presidente electo Luis Lacalle Pou acerca de la flexibilización de estos requisitos, así como por saber si el fisco argentino accedería a darles de baja en aquel país. “¿Me van a dejar ir así como así, o la burocracia me va a trancar y voy a estar años peleando contra el fisco?”, preguntó un inversor. Los expertos explicaron que hasta el momento la AFIP argentina está aceptando sin inconvenientes la baja inicial. “La conceden por sistema, hasta el momento, pero lo que recomendamos es que si optan por la residencia fiscal uruguaya lo hagan al 100% y cumpliendo con todos los requisitos, porque el fisco argentino los va a requerir, los va a llamar y van a tener que probar que efectivamente la baja corresponde”, explicó Coccorullo.

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